viernes, 23 de octubre de 2020

HORIZONTES ESCOLARES

 Constitución Política de Colombia 


Artículos 18 "Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia."

En la escuela se deben gestionar actitudes de autocuidado; para que cada ser adquiera criterios para afrontar diversas situaciones y frente a ella tomar decisiones acertadas.




Y en el ámbito escolar los horizontes formativos deben ir al unísono con los saberes y la convivencia en todos los momentos y vínculos de dicho escenario  social.










No hay comentarios: